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10 RECOMENDACIONES LABORALES PARA AFRONTAR LA CRISIS…y no ser despedidos en el intento

13 enero 2009

La actual crisis financiera tiene connotación profunda en las economías de los países y viene afectando a todas las actividades humanas, entre ellas la relación laboral.

Muchas empresas que operan en nuestra patria están sintiendo los efectos de ésta, y reaccionan derivando su impacto a los trabajadores: iniciando despidos masivos, ceses colectivos, vacaciones y/o renuncias forzadas, los cuales vulneran los derechos fundamentales de los trabajadores.

Frente a ello surge la pregunta:

¿QUÉ DEBEMOS HACER
Los trabajadores y las organizaciones sindicales frente a las políticas antilaborales y antisindicales de las empresas?.

Creemos importante considerar tres momentos y espacios de actuación sindical que permitan:

• PREVENIR que ocurran estos hechos (el ANTES),
• SOLUCIONAR los hechos que estén ocurriendo sin que se afecten los derechos de los trabajadores (el DURANTE) y
• RESTITUIR, si ya ocurrieron los hechos, los derechos de los trabajadores (el DESPUÉS).

ANTES:


ORGANIZARSE y AFILIARSE.

La unión y la preparación son fundamentales para afrontar la crisis. Si no existe sindicato en la empresa tenemos el derecho a formar uno; y si existe, a afiliarnos y participar en las actividades sindicales.

si quieres saber cómo se constituye un sindicato y donde se encuentran los derechos de los trabajadores para fundar o formar parte de un sindicato, haz clic aquí. (1)

Tener un sindicato es importante para:

•Defender colectivamente nuestros derechos.
• Negociar colectivamente con el empleador mejores remuneraciones y condiciones de trabajo
• Afirmar tu ciudadanía, pues dentro del centro de trabajo conservas todos tus derechos y tu dignidad. (Art. 23º de la Constitución)

• Estar más protegido, ya que el despido que tenga por motivo el constituir un sindicato, afiliarse y participar sindicalmente es NULO y te da derecho a ser reincorporado.
…y porque es un derecho reconocido en el Art. 28º de la Constitución, en los Convenios 87º y 98º de OIT y en Declaraciones y Tratados Internacionales de Derechos Humanos suscritos por Perú.

…si quieres ver modelos de actas de asamblea y de solicitudes de inscripción en el registro sindical del MTPE, haz clic aquí. (2)

Todos los trabajadores directos o subcontratados pueden sindicalizarse. RECUERDA impedir que te afilies o que te obliguen a desafiliarte es un delito (Art. 168º Código Penal).
El trabajador no sindicalizado que es despedido, únicamente tiene derecho a una indemnización y deberá enfrentarse a la empresa solo. Por lo tanto SEAMOS CIUDADANOS Y PROTEJAMOS NUESTRO PUESTO DE TRABAJO: ¡SINDICALICÉMONOS YA!

…si requieres asesoría acude a tu Central Sindical, Federación Sindical Sectorial o Sindicato, haz clic en los siguientes enlaces: (3).

http://www.cutperu.org.pe/

http://www.ftccperu.com/ftccp/index.php

http://www.fenupetrol.org.pe/

http://www.fentap.org.pe/

http://fedmin.cgtp.org.pe/

http://www.fntmmsp.org/


INFORMARSE Y ANALIZAR…

la situación económica de la empresa, del sector productivo al que pertenece y del propio país. Así podremos tener argumentos sólidos y estar preparados frente a los posibles despidos que la empresa quiera hacer.

Todos los sindicatos tienen derecho a solicitar la información de la situación económica, financiera y laboral de la empresa. ¡TODOS!

¡Recuerda que además, el Inspector laboral puede pedir información a la empresa!

…si quieres saber dónde se encuentran los derechos que tiene el sindicato para obtener información de la empresa, cómo se solicita la información y qué otros mecanismos existen para obtener información, haz clic aquí (4).

…si quieres saber que información se puede pedir a la empresa, haz clic aquí. (5)..


PREPARAR Y COMUNICAR…

en una Asamblea General a los miembros del sindicato y demás trabajadores sobre las repercusiones de la crisis y la posibilidad de despidos masivos u otras medidas que afecten sus derechos. Discutir y aprobar directivas y medidas para enfrentar colectivamente esta situación: ¡GUERRA AVISADA NO MATA GENTE!

La junta directiva del sindicato debe convocar inmediatamente a una asamblea e informar a los afiliados y trabajadores en general de los efectos y riesgos de la crisis. Conoce y revisa el Estatuto de tu sindicato.

Debemos mantener la comunicación entre dirigentes, afiliados y trabajadores en g0eneral. La comunicación con el colectivo de trabajadores es esencial para una acción sindical eficaz. Utiliza tu periódico mural, boletines, volantes, correos electrónicos @, y muéstrate al mundo: crea tu blog, tu página web!

…si quieres ver páginas y blogs creados por sindicatos en Perú, haz clic en los siguientes enlaces: (6)..

http://www.sinatrel.com.pe/

http://www.suntranep.org/

http://www.suttp.org.pe/

http://www.sutitete.plades.org.pe/index.htm

http://sintrapg.blogspot.com/

http://www.sutracomasa.org.pe/


¡ACTUAR ANTICIPADAMENTE!

Plantea a la empresa propuestas que permitan enfrentar la crisis sin necesidad de afectar puestos de trabajo. No esperes despidos masivos u otras medidas unilaterales de la empresa. Establece de inmediato un espacio de negociación y diálogo. Recuerda:”Camarón que se duerme…”

Busca suscribir un compromiso con la empresa para garantizar que no se realicen despidos masivos, cierres intempestivos u otras medidas perjudiciales; sino que se busque siempre no afectar el derecho de los trabajadores.
Este debe ser un acuerdo plasmado por escrito en un documento o acta, no un acuerdo verbal, recuerda que: “papelito manda”.

..…si quieres ver convenios de otros sindicatos donde se acuerdan garantías para evitar despidos masivos, haz clic en los siguientes enlaces: (7)

DURANTE:


EXIGIR LA INTERVENCIÓN DEL MINISTERIO DE TRABAJO

a través de una inspección laboral, si es que la empresa inicia una campaña de vacaciones forzadas, despidos masivos, renuncias forzadas, o si pretende efectuar un cierre intempestivo, o ya lo hizo.

RECUERDA QUE:

• La empresa NO puede cerrar intempestiva y/o injustificadamente el centro de trabajo. Necesita la autorización del MTPE. Lo contrario constituye un delito (Art. 168º Código Penal).

• La empresa NO te puede forzar a tomar vacaciones. La oportunidad del descanso se toma de común acuerdo y no puede surgir de una imposición arbitraria (Art. 14º Dec. Leg 713º).

– La empresa NO puede implementar un cese colectivo sin autorización del MTPE. El procedimiento legal (Art. 48º Dec. Leg 728º) establece que la empresa debe proporcionar al sindicato lo siguiente:

– La nómina de trabajadores afectados y los motivos del cese.

– Si incluye a trabajadores con fuero, la justificación específica en cada caso.

– Un espacio de negociación para evitar o limitar el cese de los trabajadores.

El MTPE tiene la OBLIGACIÓN de verificar y sancionar estas infracciones.

… si quieres saber cómo se desarrolla y se solicita una inspección al MTPE, haz clic aquí y revisa los siguientes enlaces:(8).

http://www.mintra.gob.pe/inspecciones.php http://www.mintra.gob.pe/SDL/

Si estás en provincia dirígete a la Dirección Regional de Trabajo pero si consideras que en esta instancia hay irregularidades que hagan dudar de su imparcialidad, coordina con tu Federación Sindical Sectorial o Territorial y pide una inspección a la Dirección Nacional de Inspecciones con sede en Lima.

… si quieres conocer los compromisos públicos asumidos por el Ministro de Trabajo en estos casos, haz clic aquí y revisa los siguientes enlaces: (9).

http://www.mintra.gob.pe/mostrar_noticiabck.php?id_actividades=2477
http://www.mintra.gob.pe/mostrar_noticiabck.php?id_actividades=2482
http://www.mintra.gob.pe/mostrar_noticiabck.php?id_actividades=2483
http://www.mintra.gob.pe/mostrar_noticiabck.php?id_actividades=2486
http://www.mintra.gob.pe/mostrar_noticiabck.php?id_actividades=2487

Las vacaciones adelantadas, el cierre intempestivo, los despidos masivos, las renuncias forzadas o los propios ceses colectivos pueden estar encubriendo despidos y prácticas antisindicales. El MTPE está en la obligación de verificar estas prácticas y sancionarlas. Esta constatación es muy importante como medio de prueba en un posible escenario de litigio judicial.

… si quieres conocer jurisprudencia del Tribunal Constitucional donde se implementaron prácticas antisindicales a través de ceses colectivos que culminaron con la reposición de los trabajadores, haz clic aquí (10).


NO FIRMAR, NI COBRAR LA INDEMNIZACIÓN…

que ofrece la empresa si cursa de modo masivo cartas de despidos arbitrario dirigidas a cada trabajador. De lo contrario las posibilidades de retornar a tu puesto de trabajo o de conseguir una reparación más justa o mayor se reducen gravemente.

RECUERDA QUE:

• De acuerdo al art. 31º del Dec. Leg. 728, el empleador no puede despedir a ningún trabajador sin alegar una causa justa de despido (un motivo estipulado en la Ley), y sin darle un plazo para su descargo.

• El art. 34º del Dec. Leg. 728, que permite el despido sin causa ofreciendo como reparación al daño ocasionado una indemnización con un tope máximo de 12 remuneraciones, fue declarado inaplicable por el Tribunal Constitucional (TC) por ser inconstitucional. El TC ordenó que en estos casos corresponde la reincorporación del trabajador. OJO: También tienes derecho a percibir las remuneraciones dejadas de ganar.

… si quieres conocer el contenido de las normas que regulan el despido y la Sentencia del Tribunal Constitucional, haz clic aquí (11).

Por lo tanto, la empresa NO puede obligarte o presionarte a cobrar dicha indemnización, ni mucho menos obligarte a aceptar firmar una supuesta “renuncia voluntaria”. De ti depende no regalar tu futuro.


RECURRIR A UNA ASESORÍA ESPECIALIZADA…

(legal y económica) si la empresa promueve vacaciones y renuncias forzadas, despidos masivos, o un procedimiento de cese colectivo.

Los trabajadores (afiliados o no) y sindicatos pueden recurrir a las secretarías de defensa de las Confederaciones o Federaciones sindicales a las que pertenezcan. Por ejemplo, el Departamento de Defensa de la CGTP cuenta con un conjunto de dirigentes y/o profesionales que podrán orientarlo.

… si quieres conocer las normas y el procedimiento de cese colectivo, haz clic aquí (12).

DESPUES:


USAR LOS MECANISMOS DE DEFENSA SINDICAL…

previstos en la legislación nacional y los convenios internacionales suscritos por el Perú:En el ámbito nacional:

• INICIA UN PROCESO DE AMPARO cuando la empresa despida arbitrariamente, cuando haya un cese colectivo fraudulento o cuando éstas u otras medidas encubran prácticas antisindicales.

Si se vulnera un derecho fundamental, el sindicato puede iniciar un proceso de amparo colectivo en defensa de sus afiliados.

Si los despidos constituyen una discriminación antisindical, si existe controversia en los hechos o si la actuación probatoria es compleja, también es posible iniciar un proceso de despido nulo en la vía laboral ordinaria; sin embargo, este debe ser iniciado por cada trabajador individualmente o por el sindicato con un poder específico. (Art. 29º del Dec. Leg. 728)

Si quieres conocer sentencias del TC que amparan acciones colectivas de sindicatos en defensa de los derechos de sus afiliados, haz clic aquí (13).

… si quieres conocer algunas criterios para saber qué vía elegir, haz clic aquí (14).

Mantente informado visitando las paginas web de las siguientes instituciones:

http://www.defensoria.gob.pe
http://www.mpfn.gob.pe/
http://www.ilo.org/global/lang–es/index.htm

-INICIA UNA QUEJA ANTE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO ante una inconducta en los funcionarios o inspectores del MTPE, en cuanto a la verificación y sanción de las conductas que vulneran tus derechos constitucionales.
La Defensoría del Pueblo tiene el deber de investigar estos hechos, defender los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y la comunidad, supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal velando por que autoridades y funcionarios cumplan con sus responsabilidades y atiendan debidamente a la población.

Si quieres conocer como presentar una denuncia ante Defensoría, haz clic aquí (15).

-INICIA UNA DENUNCIA PENAL ante la fiscalía si se produce un cierre intempestivo o fraudulento o si las medidas de la empresa están dirigidas a la desafiliación o no afiliación de los trabajadores al Sindicato (Art. 168º Código Penal).

Además, si el empleador se niega a obedecer la orden impartida por el inspector de trabajo o si le impide realizar su labor también puede ser denunciado penalmente (Art. 366º y 368º Código Penal).

Por el contrario si el inspector ilegalmente, omite, rehúsa o retarda el procedimiento inspectivo también puede ser denunciado penalmente (Art. 377º Código Penal).

En el proceso penal también es posible exigir una reparación pecuniaria por el daño causado (Art. 93º Código Penal).

… si quieres conocer el contenido de los artículos señalados, haz clic aquí (16).

En el ámbito internacional:

– PRESENTA UNA QUEJA AL COMITE DE LIBERTAD SINDICAL de la OIT, si es que los despidos arbitrarios, ceses colectivos fraudulentos u otras medidas, encubrieron prácticas antisindicales.

… si quieres conocer los pronunciamientos del Comité de Libertad Sindical, haz clic aquí (17).

… si quieres conocer más sobre el procedimiento de Queja al Comité de Libertad Sindical, haz clic aquí (18) .

…si quieres conocer la Recopilación de decisiones y principios del Comité de Libertad Sindical del Consejo de Administración de la OIT, haz clic aquí

– PRESENTA UNA DEMANDA ANTE EL SISTEMA INTERAMERICANO DE JUSTICIA (SIJ), si luego de agotar las instancias nacionales no fue posible la restitución de los derechos fundamentales de los trabajadores.

… si quieres conocer más sobre el SIJ, haz clic en los siguientes enlaces: (19).


COMUNICAR A LA OPINION PÚBLICA

nacional e internacional lo que está ocurriendo en tu empresa. La sociedad en su conjunto debería demandar al Estado medidas efectivas que permitan superar la situación de crisis actual sin que se afecten los derechos fundamentales de los ciudadanos. Respecto de éstos, además el Estado tiene una obligación de garantía en virtud de los compromisos asumidos en los tratados internacionales de DDHH.

RECUERDA QUE:

• Las empresas cuidan mucho su imagen corporativa. Su actividad está dirigida a consumidores que podrían no comprar sus productos o que quieran mantener estándares que les permitan acceder a fondos que exigen buenas prácticas corporativas ambientales, laborales y otros.

• Las acciones públicas y masivas pueden resultar -en algunos casos- más eficaces que los mecanismos de defensa legal existente.

• Elabora comunicados, notas de prensa, dirígete a los medios de comunicación y a periodistas de reconocida trayectoria, manifiesta públicamente tu denuncia marchando pacíficamente o plantándote frente a los locales de la empresa o en otros lugares de visibilidad pública. Estas acciones forman parte del ejercicio de la Libertad Sindical.

… si quieres conocer una lista de medios de comunicación a los que puedes acudir, haz clic en los siguientes enlaces:(20).

Y ARTICULAR SINDICALMENTE, puesto que es muy importante buscar la solidaridad del movimiento sindical nacional e internacional, a fin de iniciar una campaña con el fin que se envíen comunicaciones a la empresa y se inicien acciones exigiendo el fin inmediato de su conducta antilaboral y/o antisindical.

… si quieres conocer una lista de sindicatos en Perú y el mundo, haz clic en los siguientes enlaces: (21).

http://sisviso.plades.org.pe/sisviso/directorio.jsp

http://www.global-unions.org/spip.php?rubrique25&lang=es

http://www.tuac.org/en/public/tuac/affiliates.phtml


INNOVAR LAS ESTRATEGIAS SINDICALES.

Si trabajas en una empresa multinacional, el país de origen de la empresa puede pertenecer a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), o la empresa puede haber suscrito un acuerdo global con una Federación Sindical Internacional.

– Si la empresa proviene de un país que pertenece a OCDE, este ha suscrito sus Directrices para Multinacionales, siendo posible denunciar ante el Punto Nacional de Contacto (PNC) de dicho país los despidos masivos, las renuncias forzadas, o el cierre intempestivo.

– Además, Perú es miembro observador en el Comité de Inversiones de OCDE y ha suscrito las directrices para multinacionales por lo que es posible presentar la denuncia tanto ante el PNC del gobierno en Perú como en el PNC del gobierno del país de la casa matriz de la empresa.

… si quieres conocer la lista de países que han suscrito las directrices para multinacionales de OCDE, haz clic aquí (22).

… si quieres conocer qué dicen las directrices para multinacionales sobre el comportamiento que deben tener las multinacionales en materia laboral, haz clic en los siguientes enlaces: (23).

– Directrices OCDE
– Guía para Sindicalistas sobre Directrices OCDE
– Guía de procedimiento de reclamo de las Directrices de la OCDE

… si quieres saber más sobre las Directrices OCDE y como hacer una denuncia, haz clic aquí (24).

– Producto de una negociación colectiva internacional la empresa puede haber suscrito un acuerdo global con una Federación Sindical Mundial y los sindicatos del país de origen, comprometiéndose a respetar los derechos laborales en todo lugar del mundo donde tenga operaciones o inversiones. Ponte en contacto con dichas organizaciones y denuncia el incumplimiento del acuerdo global.

… si quieres conocer la lista de acuerdos globales celebrados, haz clic aquí (25).

… si quieres conocer qué Federaciones Mundiales han suscrito acuerdo globales, haz clic aquí (26).

– La empresa puede haber suscrito compromisos para el respeto de los derechos de los trabajadores como una política de buenas prácticas corporativas, o un Código de Conducta Global, o el Global Compact. Dirígete a los ejecutivos de la empresa en su casa matriz, a la opinión pública nacional e internacional y denuncia dichos incumplimientos.

… si quieres conocer los códigos de conducta, otros instrumentos, la web y datos de contacto de algunas multinacionales, haz clic en los siguientes enlaces:(27).

Como utilizar los Codigos de Conducta
Codigos de Conducta Truco Publicitario

… si quieres conocer más sobre el Global Compact, haz clic aquí (28).

RECUERDA que esta es sólo una propuesta pues cada una de estas 10 recomendaciones puede ser utilizada indistintamente en cada escenario, antes, durante y después, según sea el caso.


Fuente: Plades